Solicitud de traslado

La información suministrada en este formulario será comparada con la suministrada por el padre de familia al momento de la matrícula. 

ANTES DE LLENAR EL FORMULARIO LEA LA SIGUIENTE INFORMACIÓN:

ARTÍCULOS 26 Y 27 DEL DECRETO EJECUTIVO Nº 35589-MEP REGLAMENTO DE MATRÍCULA Y DE TRASLADOS DE LOS ESTUDIANTES SECCIÓN I.

Artículo 26. —Se entiende por traslado, la gestión que realiza personalmente el padre o madre de familia, encargado o representante legal de un estudiante menor de edad o directamente un estudiante mayor de edad, tendiente a matricularse y continuar estudios en una institución educativa diferente de la institución nacional en el que venía cursando sus estudios.

Artículo 27. —El traslado del estudiante de una institución educativa a otra, procede únicamente en los siguientes casos:

a) Cuando se dé, debidamente comprobado, el cambio de residencia del estudiante.

b) Cuando el padre, madre o representante legal lo soliciten con la debida justificación ante el director institucional y, posteriormente, ante el respectivo Supervisor para obtener el visto bueno correspondiente. Por medio de una carta que detalle los motivos del traslado.